Cine en las Arribes del Duero

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Doctor Zhivago, La Cabina, Del Pirineo al Duero...

Mapa de La Ribera del Duero en 1641, durante la invasión portuguesa

Cascada del Remolino. ARRIBES DEL DUERO

domingo, 22 de junio de 2014

Primeros conflictos por los pueblos

Intentos de señoríos antes de 1258, durante el reinado de Alfonso X el sabio

La Historia diferente de las Arribes del Duero, parte 92.

Ya antes de 1258 se están produciendo conflictos en el territorio de Ledesma, porque hay hombres y caballeros de abadengos que pretenden quedarse con sus heredades: dirige por ello una carta desde Medina del Campo el 26 de junio de 1258, en el que por otra parte mantiene un privilegio anterior de Fernando II:
“Yo vos envié mi carta en que mandé a Fernán Fernández, mio alcalde, e a Arnalt de Rexaque, mio omne, que pesquiriesen los omnes de los abadengos e de las poblas e de los cavalleros e de otros cualesquier e los vuestros vasallos e solariegos que tienen las mias heredades, que fueron de mios pecheros e de mios postosres, e que non fazen a mí los mios derechos”.[1]
Ahora vamos a describir algunos términos y su significado, de la época de Alfonso X el Sabio: “pechero” y “forero” vendrían a significar lo mismo: “campesino que paga impuestos al rey o a su señor”, pero en las comarcas más occidentales de Salamanca y Zamora habría pervivido más en el tiempo la voz forero, que también era la más antigua.
Otras voces, en lugar de aludir a cargas fiscales, hablan de la dependencia señorial, tan en boga en la Edad Media:
o                         vasallo: referido generalmente al individuo que depende de otra persona y le debe ciertos servicios e impuestos”.
o                         siervo: persona que carece de libertad jurídica y pertenece a un señor, era el término usado en Castilla y León, por contraposición al de abarquero usado en Álava”.
o                         júnior de cabeza. Los iuniores de las tierras leonesas y gallegas eran colonos  que debían sus prestaciones al hecho de habitar en una tierra declarada como tributaria, pero sabemos que a principios del s.XIII podían ser de dos tipos de dependencia: por su persona, o por su cabeza. Los primeros eran los llamados júniores por heredad: que poseían tierras o heredades ajenas en régimen de tenencia, y estaban por ello obligados a dar tributos y servicios, si bien se les podía permitir abandonar la heredad bajo determinadas condiciones. El segundo tipo eran los júniores de cabeza unidos a su señor por un vínculo personal, “por su cabeza” y obligados a satisfacerle prestaciones y servicios, los vínculos eran de tal grado que no podían abandonarle.[2]
o                         “El zabazogado era un impuesto que gravaba las compraventas en el mercado, y se usaba en el territorio de León. De aquí vendría el nombre de la persona encargada oficialmente en la villa de contrastar los pesos y medidas: zabazoque.”
o                          “El luismo procede del latín “laudemium”, con la acepción de aprobación que daba el señor a una transacción comercial realizada por el enfiteuta y también “derecho que se pagaba para obtener esta aprobación o alabanza”.

El río Duero desde el mirador del Castillo de Pereña de la Ribera, hermoso lugar habitado desde el Neolítico.

[2]         SÁNCHEZ GONZÁLEZ de HERRERO, M. Nieves: “El léxico en los documentos alfonsíes”.



[1]         Archivo Municipal de Ledesma, c.1, n.20.