La Historia diferente de las Arribes del Duero, parte 102.
Como veremos, son de una
importancia capital en nuestra Tierra de la Ribera , pues las aldeas antiguas del Señorío de
Sancho Peh. aspiran ahora ya a volver al seno de la Tierra de Ledesma, desde
Mieza hasta Villarino, probablemente por las cargas fiscales mayores que se
obligaban a pagar a los campesinos, quizás también porque tendrían más libertad
para el comercio, para la celebración de sus fiestas, para reunirse, en
definitiva, eran ansias de libertad…
El autor M. Antón establece la extinción del infantado de Don Pedro de Molina y su
hijo el infante Sancho Pérez un año
antes: en 1312.
Actualmente disponemos de dos fuentes históricas
para conococer el texto original en el que se refieren Las Cortes de Burgos a: Mieza[1]
( o Dieza), Aldeadávila (o Aldea de Avila),
Darios[2]
(posible Corporario), Penna (Pereña), Villarino de Arias (Villarino de los Aires),
La época histórica en la
que se enmarca es muy convulsa en Castilla y León, con la minoría de edad del
futuro rey Alfonso XI -tenía 4 años
durante la celebración de las Cortes- y la regencia ejercida por la reina viuda Dª. Constanza, el infante D. Juan -hijo de Alfonso X- y el infante D. Pedro -hijo de Sancho IV el Bravo- a los que es necesario poner de acuerdo para
el reparto principal del poder, de los territorios y evitar las desavenencias y
luchas entre ellos-que finalmente no
se pudieron evitar-. En efecto, al morir los dos infantes regentes durante unas
escaramuzas en la Vega de Granada, se produce una crisis
dinástica, y se provocan tres partidos a los que apoyan los diferentes reinos y
herencias dinásticas. León, Galicia y Andalucía apoyan la causa defendida por D. Felipe, hijo del rey Sancho IV. Al final de estas luchas dinásticas, se produce una
regencia unipersonal en el nombre de Dª.María
de Molina, abuela del futuro rey
Alfonso XI.
Aquí trascribimos, de la traducción efectuada en
el “Archivo Municipal de Logroño II”,
las partes que consideramos más interesantes-la transcripción completa de los
documentos se encuentran en el Anexo 1. Así mismo también es muy
interesante este texto para conocer los usos, economía, y los conflictos más
frecuentes entre poblaciones pastoriles y poblaciones sedentarias de las villas
y aldeas, así como la justicia que se aplicaba para resolver conflictos.
Básicamente se trata, no sólo de delimitar las competencias y jurisdicción de
cada regente, sino de limitar los abusos anteriores cometidos por los señores
feudales e incluso la jurisdicción eclesial.
Villarino de los Aires en la actualidad. Fotografía de Yolanda Campos. En los comienzos del s.XIV se llamaba Villarino D'Armon D'Arias, algún judío neocristiano con grandes propiedades en la Villa, Arias derivó en de los Aires, pero no es que sople el viento especialmente en Villarino...
[1] La trascripción realizada en el siglo
XV por los cronistas puede contener errores, sobre todo topográficos:Dieza se trataría de un error, siendo
válido el término Mieza. Otro error también podría ser: La Cabeza de Fuera mercados, siendo válido La Cabeza de Foramontanos.
[2] El topónimo Darios podría
corresponderse con el actual de Corpo Darios, según opinión de este autor, pero
sin una comprobación más extensa. Así en esta comarca aprecerían tres
gentilicios, anteriores al siglo XIV por analizar: Darios, Dávila y Arias.